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Descubra cuáles son las normas de información sobre COVID-19 que finalizan el 1 de enero

A partir del 1 de enero de 2024:

Los empleadores ya no están obligados a informar a su administrador de reclamos sobre las pruebas positivas de COVID-19 con el fin de determinar si se produjo un brote de COVID-19 en un lugar de trabajo.

Los empleadores siguen estando obligados a:

  • Informar los reclamos de una lesión por COVID-19 igual que cualquier otro reclamo por una lesión a nivel industrial.
  • Cumplir con sus obligaciones de presentación de informes COVID-19 a otras agencias (es decir, Cal/OSHA).

COVID-19 ya no se considerará una presunta lesión. Un trabajador puede continuar presentado un reclamo por una lesión COVID-19, pero ya no se presumirá como una enfermedad relacionada con el trabajo y se considerará un reclamo regular. Anteriormente, si un cierto número de empleados en un lugar de trabajo específico daban positivo por COVID-19 dentro de un período especificado, y el resultado positivo de un empleado ocurría dentro de este período especificado, entonces se consideraba que el reclamo de compensación de los trabajadores presentado por el empleado estaba relacionado con el trabajo y el empleado habría sido elegible para los beneficios.

Los plazos de decisión de responsabilidad más cortos para un reclamo presentado por una lesión COVID-19 de 30/45 días volverán al plazo de decisión de responsabilidad de 90 días.

Como consecuencia de estos cambios, el correo electrónico específico para lo relativo a COVID y el número de fax utilizados para comunicarnos sus casos, dejarán de estar disponibles a partir del 1 de enero de 2024.